Medicina Legal - Generalidades 

la medicina legal: es la Disciplina aplicada que se encarga de ilustrar parcialmente con conocimientos médicos las situaciones que en el campo del derecho deben resolverse conforme a ese binomio, ciencia jurídica – ciencia médica.
Es la técnica, es el procedimiento, mediante el cual se aprovecha una o varias ramas de la medicina o de las ciencias conexas para estudiar y resolver casos concretos, habitualmente ligados a situaciones legales o jurídicas.
Medicina Forense: no se propone curar, y puede, sin embargo, estudiar un problema de terapéutica; no es la cirugía, ni la obstetricia, ni clínica; no es física, ni la química, y aplica, no obstante, todas o alguna de ellas ante un caso concreto, para establecer premisas y fundar conclusiones específicas, amoldándose para ello a un sistema, siguiendo una pauta, estructuradas de tal forma que permiten formular una resolución expresada en términos técnicos. El término “medicina forense” debe reservarse para la medicina legal pericial, en sede judicial, en tanto que el término “medicina legal” es más amplio y abarca todo lo antes mencionado.

IMPORTANCIA
Médica: capacita a los médicos para asesorar a los Tribunales como expertos.
Judicial: los Jueces no podrían resolver un hecho que, en su investigación, requiera técnicamente de los conocimientos y peritaje de un especialista en medicina legal.
Para el abogado: requiere comprender el valor que tiene una experticia Médico-Legal para poder dirigir su defensa.
Legislativa: contribuye a la formulación de la norma en la materia que le concierne a los fines de la promulgación de las leyes.

OBJETO
Auxiliar al Derecho en dos aspectos fundamentales:
1.       Cuando el jurista formula alguna norma que se relaciona con conocimientos médicos y biológicos.
2.       Aplicaciones cotidianas al derecho penal de la labor del médico forense.
Por tanto, su objeto es auxiliar al Derecho en la correcta formulación de normas y su posterior aplicación de las mismas.

RAMAS
Cada una estudia cuestiones médico-legales reacionadas con diferentes aspectos:
·         Tanatología: la muerte, con el cadáver, la inhumación, exhumación, etc.
·         Traumatología médico-legal: traumatismos contusiones, heridas, accidentes, quemaduras, etc.
·         Asfixiología médico-legal: asfixias.
·         Gineco-sexología: embarazo, aborto, nacimiento, parto, infanticidio, filiación, etc.
·         Psiquiatría médico-legal: enfermedades mentales.
·         Toxicología médico-legal: fármacos o drogas.
·         Deontología médico-legal: conducta, ética y moral del médico.
·         Criminalística: identificación de hechos, casos o personas.
·         Odontología forense: se encarga de la identificación de personas  
·         Radiología forense:  ayuda en heridas por armas de fuego, fracturas y edad osea 


ORGANIZACIÓN ACTUAL EN VENEZUELA 
Marco Legal: Código de instrucción Médico Forense (7 de junio de 1878).
Marco Institucional: la Medicina Forense depende en Venezuela, administrativamente de SENAMECF,   dependiente del viciministerio integrado de investigación penal  que a su ves depende  del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores , Justicia y paz .  la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses es la encargada de la práctica y reglamentación de la Medicina Forense.

COORDINACIÓN NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES
Funciones:
·         Definir las políticas, normas, procedimientos y planes estratégicos que deben implantarse en el área de las ciencias forenses.
·         Coordinar y supervisar las actividades realizadas por sus Direcciones y Medicaturas
·         Forenses.
·         Diseñar las estrategias que garanticen la cadena de custodia de las evidencias físicas.
·         Promover la actualización y desarrollo científico del personal, en materia de ciencias forenses.
·         Elaborar y presentar informes de gestión a la Dirección General Nacional sobre la ejecución programática de la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses.
·         Definir métodos de estandarización en Ciencias Forenses.
·         Disponer de una base de datos estadísticos sobre los peritajes realizados.
·         Realizar el análisis de los peritajes para determinar productividad y eficiencia.
·         Mantener actualizado el inventario de materiales y equipos asignados a las unidades dependientes de ésta.
·         Mantener un registro de proveedores de equipos y materiales en general.
Dependencias:
·         Dirección de Toxicología Forense.
·         Dirección de Evaluación y Diagnóstico Mental Forense.
·         Departamento de Control y Resguardo de Evidencias.
·         Dirección de Patología Forense.
·         Dirección de Medicina Forense
·         Oficina de Investigación y Desarrollo Científico Forense.

Experticia Médico-Legal: Es un medio de prueba pericial que consiste en una declaración jurada, útil para la valoración de un elemento de prueba de la imputación, o para los fines del procedimiento de ejecución, ordenada por el magistrado u órgano justor,  donde se sintetizan hechos que conducen a conclusiones, cuyo fin primordial es la averiguación de la verdad y aplicación de la justicia.

Partes de una experticia:
1.       Preambulo: describe el solicitante, el motivo por el cual se va realizar la experticia.
2.       Desarrollo: describe las lesiones observadas.
3.       Conclusiones: se describe: 

                1)estado general del paciente. satisfactorio, buenas, estables y malas 
                2)tiempo de curación de la lesión: dependiendo
                                                 - Leve 
                                                 - Mediana gravedad 
                                                 - Grave 

                3)privación de ocupación causada por la misma: cuanto tiempo la persona va a durar si trabajar, por lo general es igual a el tiempo de curación, pero pueden ser mas, dependiendo de la ocupación del lesionado. 
                4)asistencia médica: si el paciente acudió o no al medico, se anexan informes médicos 
                5)si causa algún trastorno de función: de pide segundo reconocimiento en 60 0 90 días dependiendo la lesión 
                6)cicatrices, si tiene y si son visibles por sitio de ubicación, ademas se observan si son notables a cuantos metros y si son deformantes 
                7)carácter de la lesión: depende del tiempo de curación, pueden ser leve, mediana gravedad y graves 

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