Medicina Legal - Generalidades
la medicina legal: es la Disciplina
aplicada que se encarga de ilustrar parcialmente con conocimientos médicos las
situaciones que en el campo del derecho deben resolverse conforme a ese
binomio, ciencia jurídica – ciencia médica.
Es la
técnica, es el procedimiento, mediante el cual se aprovecha una o varias ramas
de la medicina o de las ciencias conexas para estudiar y resolver casos
concretos, habitualmente ligados a situaciones legales o jurídicas.
Medicina Forense: no
se propone curar, y puede, sin embargo, estudiar un problema de terapéutica; no
es la cirugía, ni la obstetricia, ni clínica; no es física, ni la química, y
aplica, no obstante, todas o alguna de ellas ante un caso concreto, para
establecer premisas y fundar conclusiones específicas, amoldándose para ello a
un sistema, siguiendo una pauta, estructuradas de tal forma que permiten
formular una resolución expresada en términos técnicos. El término “medicina
forense” debe reservarse para la medicina legal pericial, en sede judicial, en
tanto que el término “medicina legal” es más amplio y abarca todo lo antes
mencionado.
IMPORTANCIA
Médica: capacita a los médicos para
asesorar a los Tribunales como expertos.
Judicial: los Jueces no podrían resolver
un hecho que, en su investigación, requiera técnicamente de los conocimientos y
peritaje de un especialista en medicina legal.
Para el
abogado: requiere
comprender el valor que tiene una experticia Médico-Legal para poder dirigir su
defensa.
Legislativa: contribuye a la formulación de
la norma en la materia que le concierne a los fines de la promulgación de las
leyes.
OBJETO
Auxiliar al Derecho en dos aspectos
fundamentales:
1.
Cuando el jurista formula alguna norma que se relaciona con conocimientos
médicos y biológicos.
2.
Aplicaciones cotidianas al derecho penal de la labor del médico forense.
Por tanto, su objeto es auxiliar al Derecho
en la correcta formulación de normas y su posterior aplicación de las mismas.
RAMAS
Cada una estudia cuestiones médico-legales
reacionadas con diferentes aspectos:
·
Tanatología: la muerte, con el cadáver, la
inhumación, exhumación, etc.
·
Traumatología
médico-legal:
traumatismos contusiones, heridas, accidentes, quemaduras, etc.
·
Asfixiología médico-legal: asfixias.
·
Gineco-sexología: embarazo, aborto, nacimiento,
parto, infanticidio, filiación, etc.
·
Psiquiatría médico-legal: enfermedades mentales.
·
Toxicología médico-legal: fármacos o drogas.
·
Deontología médico-legal: conducta, ética y moral del
médico.
·
Criminalística: identificación de hechos, casos
o personas.
· Odontología forense: se encarga de la identificación de personas
· Radiología forense: ayuda en heridas por armas de fuego, fracturas y edad osea
ORGANIZACIÓN
ACTUAL EN VENEZUELA
Marco
Legal: Código
de instrucción Médico Forense (7 de junio de 1878).
Marco
Institucional:
la Medicina Forense depende en Venezuela, administrativamente de SENAMECF, dependiente del viciministerio integrado de investigación penal que a su ves depende del Ministerio del
Poder Popular para las Relaciones Interiores , Justicia y paz . la
Coordinación Nacional de Ciencias Forenses es la encargada de la práctica y
reglamentación de la Medicina Forense.
COORDINACIÓN
NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES
Funciones:
·
Definir las políticas, normas, procedimientos y planes estratégicos que
deben implantarse en el área de las ciencias forenses.
·
Coordinar y supervisar las actividades realizadas por sus Direcciones y
Medicaturas
·
Forenses.
·
Diseñar las estrategias que garanticen la cadena de custodia de las
evidencias físicas.
·
Promover la actualización y desarrollo científico del personal, en
materia de ciencias forenses.
·
Elaborar y presentar informes de gestión a la Dirección General Nacional
sobre la ejecución programática de la Coordinación Nacional de Ciencias
Forenses.
·
Definir métodos de estandarización en Ciencias Forenses.
·
Disponer de una base de datos estadísticos sobre los peritajes
realizados.
·
Realizar el análisis de los peritajes para determinar productividad y
eficiencia.
·
Mantener actualizado el inventario de materiales y equipos asignados a
las unidades dependientes de ésta.
·
Mantener un registro de proveedores de equipos y materiales en general.
Dependencias:
·
Dirección de Toxicología Forense.
·
Dirección de Evaluación y Diagnóstico Mental Forense.
·
Departamento de Control y Resguardo de Evidencias.
·
Dirección de Patología Forense.
·
Dirección de Medicina Forense
·
Oficina de Investigación y Desarrollo Científico Forense.
Experticia Médico-Legal: Es un medio de prueba pericial que consiste en una declaración jurada, útil para la valoración de un elemento de prueba de la imputación, o para los fines del procedimiento de ejecución, ordenada por el magistrado u órgano justor, donde se sintetizan hechos que conducen a conclusiones, cuyo fin primordial es la averiguación de la verdad y aplicación de la justicia.
Partes de una experticia:
1. Preambulo: describe el solicitante, el motivo por el cual se va realizar la experticia.
2. Desarrollo: describe las lesiones observadas.
3. Conclusiones: se describe:
1)estado general del paciente. satisfactorio, buenas, estables y malas
2)tiempo de curación de la lesión: dependiendo
- Leve
- Mediana gravedad
- Grave
3)privación de ocupación causada por la misma: cuanto tiempo la persona va a durar si trabajar, por lo general es igual a el tiempo de curación, pero pueden ser mas, dependiendo de la ocupación del lesionado.
4)asistencia médica: si el paciente acudió o no al medico, se anexan informes médicos
5)si causa algún trastorno de función: de pide segundo reconocimiento en 60 0 90 días dependiendo la lesión
6)cicatrices, si tiene y si son visibles por sitio de ubicación, ademas se observan si son notables a cuantos metros y si son deformantes
7)carácter de la lesión: depende del tiempo de curación, pueden ser leve, mediana gravedad y graves
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